ESTUDIO JURIDICO

Formas de extinción, Art. 72 COIP, Ecuador 2025.

Art. 72.- La pena se extingue por cualquiera de las siguientes causas:

1.- Cumplimiento integral de la pena en cualquiera de sus formas.

2.- Extinción del delito o de la pena por ley posterior más favorable.

3.- Muerte de la persona condenada.

4.- Indulto.

5.- Recurso de revisión, cuando sea favorable.

6.- Prescripción.

7.- Amnistía.

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