- Dentro del catálogo de delitos, corresponde a los delitos contra el derecho a la propiedad.
La persona que disponga (use, venda, arriende), para sí o una tercera persona, de dinero, bienes o activos patrimoniales, entregados con la CONDICIÓN de:
1.- Restituirlos, o
2.- Usarlos de un modo determinado.
Será sancionada con pena privativa de libertad de 1 (uno) a 3 (tres) años.
La misma pena se impone a la persona que, Abuso de firma en documento en blanco,
extienda con ella algún documento en perjuicio de la firmante o de una tercera.
- Detención en delito flagrante.
- Cuando el delito no es flagrante, el trámite a seguir es procedimiento ordinario.
- Puede acogerse al procedimiento abreviado.
- Si procede conciliación.
- Si puedes acogerte a la suspensión condicional de la pena.
Nota.
a) Entre este delito y el delito de Estafa puedes llegar a confundirte; para evitarlo consulta con nosotros.
b) Las investigaciones previas, por mandato legal tienen un plazo máximo de duración de UNO año, conforme al Art. 585 del COIP.
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