Jurídicamente el ARRAIGO es acto de afincarse o enraizarse de modo permanente a un determinado territorio, como consecuencia de factores: Patrimoniales, Familiares, Laborales y Sociales; justificativos sufrientes para no abandonar deliberadamente el sitio donde habita.
PATRIMONIAL.- Demostración de ostentar propiedades, a través de Escrituras Públicas de casa, terreno, departamento, solar u otro bien de inmueble o presentación de matrícula vehicular, facturas de bienes mueble de valor considerable.
FAMILIAR.-
- Partida de nacimiento de hijos, Acta de Matrimonio, facturas de pago de educación, Contrato de Arrendamiento legalizado ante Notario Público del Ecuador e inscrito en el Gobierno Seccional Autónomo que corresponda (Municipio).
LABORAL.-
- Contrato de Trabajo
- Historial y/o mecanizado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
- Certificado laboral extraído del portal web; de ser posible conseguir un certificado laboral emitido por el empleador con reconocimiento de firma y rúbrica ante Notario Público del Ecuador.
SOCIAL. – Planillas de servicios básicos de luz, agua, teléfono, internet, tv prepagada, certificado de estudios, pago de impuestos, certificado de cumplimiento de obligaciones bancarias, declaración juramentada en la que se detalle que tiene domicilio y residencia en determinado lugar o cualquier otro documento que sustente que él o la procesada no se fugara.
Si las autoridades FISCAL y JUEZ consideran que son suficientes para garantizar comparecencia a juicio emitirán una Medida Cautelar Personal y Medida Cautelar Bienes.