ESTUDIO JURIDICO

Medidas Cautelares en contra de los BIENES del procesado. Art 549 COIP, Ecuador 2024.

La o el juzgador podrá ordenar las siguientes medidas cautelares sobre los bienes de la persona natural o jurídica procesada:

1. El secuestro.

2. Incautación.

3. La retención.

4. La prohibición de enajenar.

  • Una vez ordenadas las medidas se inscribirán obligatoriamente y en forma gratuita en los registros respectivos.

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