ESTUDIO JURIDICO

Mi inquilino no paga los arriendos, que puedo hacer, Ecuador 2025.

Previo a iniciar una demanda, conforme lo establece el Art. 30 literal a) de la Ley de Inquilinato, recomendamos constituir en mora a el o la deudora a través de la presentacion de un requerimiento notarial luego puedes buscar un acercamiento de conciliación a través de uno de los medios de solucion de conflictos; es decir, Mediacion, para el efecto el interesado puede acudir a cualquier entidad acreditada, sea esta pública o privada, por ejemplo: Centro de Mediación del Consejo de la Judicatura, Defensoría Pública. Ellos extenderán a las partes, cartas de invitación para celebrar la correspondiente Audiencia; sino pudieren llegar a un acuerdo total o parcial o el invitado no asiste, demostrando desinterés en el asunto; entonces sugerimos entablar el juicio por terminación del contrato.

Recuerda que la legislacion ecuatoriana por la naturaleza contractual, regula esta materia de derecho con ley especial, misma que establece requisitos para su correcta celebración; así como requisitos para la presentacion de la demanda.

Nuestra estrategia es suscribir contratos de arrendamiento con cláusula arbitral, pues lastimosamente la experiencia nos aleccionado que la via judicial por procedimiento sumario es desesperadamente lenta, y el perjuicio de no percibir los cánones de arrendamiento resulta economicamente mas gravosa que la tasa que cobran los Centros de Arbitraje.     

¿Necesitas ayuda o asesoría en este tema?

Para tu tranquilidad toda la información brindada será manejada con absoluta reserva y privacidad.

Compartir esta publicación