ESTUDIO JURIDICO

Derechos reales; derechos personales; derechos personalísimos, Ecuador 2025.

Este derecho es absoluto, intrínseco el derecho de persecución; es decir, puede hacerse valer contra cualquier persona que lo vulnere o perturbe su ejercicio, sin limitación alguna, la persona tiene derecho irrestricto por mandato legal. (erga omnes)

  • Derechos Personales.- Código Civil «Art. 596.- Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su deudor, por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos nacen las acciones personales«.

Ejemplo: El Banco que extendio un crédito a una persona o la reclamación de una herencia; un hijo solicita de su padre la herencia que le corresponde por el fallecimiento de su madre.

– Este derecho es relativo por que solo puede ser exigido por aquel persona deudora con la que se ha contraído la obligación correlativa o sea responsable.

Ausencia de derecho de persecución

Los derechos personales son ilimitados, por ello deja abierto la gran gama de vínculos jurídicos lícitos, denominado principio de autonomía de la voluntad.

  • Derechos personalísimos.- Por regla general los derechos pueden cederse o transferirse, sin embargo, existen derechos que no lo son, como por ejemplo el derecho de alimentos y el derecho de usufructo.

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