- En el COIP aplican varios artículos para determinar la Extinción de la pena.
Art. 72.- La pena se extingue por cualquiera de las siguientes causas:
1.- Cumplimiento integral de la pena en cualquiera de sus formas.
2.- Extinción del delito o de la pena por ley posterior más favorable.
3.- Muerte de la persona condenada.
4.- Indulto.
5.- Recurso de revisión, cuando sea favorable.
6.- Prescripción.
7.- Amnistía.
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- Nota.- Si requieres atención inmediata pulsa en el icono teléfono o AQUÍ para conocer las politicas de contratación del Estudio Jurídico.
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