1.- Necesitas presentar el reimpreso del Registro Único de Contribuyentes (RUC); se obtiene ingresando a la pagina web, usuario y contraseña, verifica que tenga el dispositivo QR «Quick Response» (Respuesta Rápida).
2.- Nombramiento de Gerente; Gerente General o Presidente de la entidad mercantil o sociedad. (Copia certificada)
3.- Inscripción en el Registro Mercantil del Cantón que corresponda. (Copia certificada)
4.- Certificado Único Vehicular (CUV), se obtiene en línea, a través de la página web de la Agencia Nacional de Transito (ANT), es una especie valorada en USD. $ 7,00 (SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA).
5.- Impresión de la captura de pantalla en la cual conste que no se adeuda valores de matrícula en el Servicio de Rentas internas (SRI).
6.- Copias de originales de cédula y papeleta de votación (Generales de ley).
7.- Licencia de conducir. (Este requisito solicitan determinadas fiscalias)
8.- Copia certificada por Notario Público de la matricula de vehículo y/o motocicleta.
9.- En caso de existir daños a la propiedad pública y/o privada debe presentarse el certificado de daños y avaluó; si el daño es a bien publico lo emite la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y de Obras Públicas (EPMMOP) Modelo de Carta; caso contrario, el certificado deberá ser emitido por quien tenga concesionada la autopista o carretera.
10.- Si el vehículo tiene constituido Fideicomiso, deberá presentar autorización y nombramiento vigente del Representante Legal.
11.- En el caso de haber dos o más vehículos involucrados se requiere Acta Transaccional y/o Acuerdo Reparatorio notariada con reconocimiento de firma y rúbrica de las partes. (Este requisito no piden todas las fiscalias)
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Nota.- Recuerda que no podrás liberar tu vehículo accidentado sin previamente determinar que haya o no existido daño a bien público, pidelo el informe a través del simple modelo de Carta EPMMOP.