Para el ejercicio de esta acción se necesita el examen GINECO OBSTÉTRICO, emitido por un centro de salud público o privado, debidamente suscrito con la firma, sello y número de matricula del médico otorgante.
La mujer embarazada tiene derecho a alimentos, desde el momento de la concepción, para la atención de sus necesidades de alimentación, salud, vestuario, vivienda, atención del parto, puerperio, y durante el periodo de lactancia por un tiempo de 12 (doce) meses, contados desde el nacimiento del hijo, o hija; si la criatura muere en el vientre materno, o el niño o niña fallece luego del parto, la protección a la madre subsistirá hasta por un periodo no mayor a 12 (doce) meses contados desde que se produjo la muerte fetal o del niño o niña.