ESTUDIO JURIDICO

Desde cuándo se debe pagar alimentos e incidentes, Ecuador 2024. Art. 133 CONA.

Los alimentos deben cancelarse desde el momento o fecha que se PRESENTA la demanda; siempre por mesadas anticipadas, dentro de los 5 (cinco) primeros días de cada mes.

  • Incidente de aumento de pensión de alimentos.- Desde la presentación del incidente.

  • Incidente de rebaja de pensión de alimentos.-  Desde la resolución del Juzgador.

La excepción a esta regla es el Juicio de Alimentos de Mujer Embarazada, que se calcula desde la fecha de concepción, tomando de referencia el examen Gineco obstétrico.

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