- Pertenece al grupo de los principios universales del derecho.
En Ecuador este principio se encuentra consagrado en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, esta encaminado a prevalecer o hacer efectivo el derecho sustancial a través de aplicación de las normas procesales que pertenecen al derecho procesal, fundamental para garantizar la verdad y la realidad jurídica, consecuentemente garantizar la justicia.
Algunos tratadistas lo confunden con el principio de primacía de la realidad aplicable exclusivamente en materia laboral.
Post Views: 802