La Constitución del Ecuador es una norma que recoge como caja de herramientas algunos de los principios universales del derecho, otros principios de derecho general para formar el sistema u ordenamiento jurídico que suministra derechos y obligaciones con fines de justicia.
- “Art. 169.- El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los PRINCIPIOS de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades.”
Esta compuesto de 6 principios, y la garantía al principio del debido proceso.
– Principio de Simplificación.-
– Principio de Economía Procesal.-
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