La accion judicial tiene las siguientes caracteristicas;
a) Es personal y facultativa.- Es un derecho subjetivo condedido por el Estado para que la persona pueda hacer uso del servicio de administraciòn de justicia. Proceden según los derechos que tutelen y la identidad que representen.
b) Es autónoma.- Nace en la conciencia del individuo quien conoce sus anhelos y pretensiones, frente a la protección, alcances y limites que le puede brindar la Constitución y ley, Corresponde a un derecho privado, personalisimo, cosustancial a la naturaleza del propio individuo.
c) Busca la tutela del Estado.- Para que el individuo pueda ejercitar su derecho en el Estado se alineara al Art. 75 de la Constitución, asi como al Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).
d) La accion tiene origen con el Estado.- No busca directamente al contradictor; sino que por medio de los mecanismos de administración de justicia se require a la contraparte haciendole conocer por este intermedio de su pretencion, demanda, solicitud o necesidad de realialización de justicia en materia penal.
e) Transferible.- Puede cederse con las regulaciones establecidas en la propia ley.
f) Puede prescibirse.- Es decir, puede perderse por la falta de acción dentro de los tiempos, plazos y terminos legalmente establecidos.