Posterior a realizar el Acta de Posesión Efectiva, y dentro de los 6 meses contados a partir del fallecimiento de la persona tienes que declarar el impuesto a la herencia, para dicho efecto el Servicio de Rentas Internas (SRI) tiene vigente la Tabla de Impuesto a la Herencia compuesta de 8 celdas.
Si el monto INDIVIDUAL a recibir no supera la cantidad de USD $ 76,558,00 (SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), estas exento de pagar este impuesto.
Recuerda que para calcular el excedente deber aplicar la tabla con la siguiente formula aritmética:
a) Si tu valor a recibir por concepto de herencia esta dentro de la primera celda; es decir, entre USD $ 76,558,00 hasta USD $ 153,115,00; pero tu declaración corresponde a USD $ 100,000,00 recuerda que para calcular debes utilizar la tabla con los porcentajes (%) de los excedentes, aplicando la siguiente formula aritmética:
- USD $ 100,000,00 – USD $ 76,558,00 = USD $ 23.442 X 0.5 = USD $ 1.172.
- USD $ 200,000,00 – USD $ 153.115,00 = USD $ 46.885 X 0.10 = USD $ 4.688. + USD $ 3.828 (Fracción Básica) = USD $ 8.516,00
Nota.- Cuando eres heredero directo tienes una rebaja del 50 %.