ESTUDIO JURIDICO

Sanción para la persona jurídica en los delitos contra la humanidad, Ecuador 2024, Art 90 COIP

Art. 90.- Cuando una persona jurídica sea la responsable de cualquiera de los delitos de esta sección, será sancionada con la extinción de la misma.

Concordancias: COIP Art. 71, Art 94, Art 109.

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