ESTUDIO JURIDICO

Sanción por no inscribir el Contrato de Arrendamiento . Art. 14.  L. Inq5 Ecuador 2025.

En TEORÍA es obligatorio inscribir el Contrato de Arrendamiento, en caso de no hacerlo, el Juez impondrá una multa equivalente a 6 (seis) meses de pensiones de arrendamiento, de los cuales corresponde el 50% al inquilino y el otro 50% al Estado, dicho porcentaje será depositado por el Juez de inquilinato en el Banco Central, en la cuenta de Fondo de Operación del Tesoro.

En la PRÁCTICA no pasa nada. 

 

 

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