En TEORÍA es obligatorio inscribir el Contrato de Arrendamiento, en caso de no hacerlo, el Juez impondrá una multa equivalente a 6 (seis) meses de pensiones de arrendamiento, de los cuales corresponde el 50% al inquilino y el otro 50% al Estado, dicho porcentaje será depositado por el Juez de inquilinato en el Banco Central, en la cuenta de Fondo de Operación del Tesoro.
En la PRÁCTICA no pasa nada.
Post Views: 1.255