ESTUDIO JURIDICO

Es obligatorio inscribir los Contratos de Arrendamiento, Art 8, Ecuador 2024.

Según la ley de Inquilinato, Si es obligatorio inscribir los contratos de arrendamiento, especialmente aquellos que superan el valor de 1 uno Salario Básico Unificado (SBU) y no solo eso, sino también debe inscribirse ante un Notario Público; posteriormente en el municipio.

En cuanto a la inscripción los consejos cantonales tendrán a su cargo el registro de  arrendamientos, que los llevará el jefe de Catastros  Municipales, quien ejercerá las funciones que le asigna dicha ley a la oficina de Registro de Arrendamientos.

En los cantones de Quito y Guayaquil habrá a cargo de las municipalidades respectivas, una Oficina de Arrendamientos, independiente de la jefatura de catastros. Podrá también haberla en los demás cantones, cuando los Consejos Municipales así lo resuelvan.

Nota.- Para conocer los requisitos de inscripción presiona AQUI.

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