ESTUDIO JURIDICO

Principio de Justicia social, Art. 21 COFJ, Ecuador 2025.

Lo puedes encontrar en el Art. 21 del Código Orgánico de la Función Judicial; también en la Constitución de la Republica del Ecuador; aunque no lo define lo engloba en los derechos del buen vivir del Art 13 al 25; adicionalmente lo menciona en los artículos 1 y 31; sin perjuicio que en el Art. 1, se encuentre separado por una coma»

  • El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
    independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.

Ciertamente recoge la Convención de los Derechos Humanos, consecuentemente implica que todas las personas tienen la libertad para acceder de manera igualitaria a los derechos, oportunidades y recursos, sin ninguna limitación de índole, étnica, racial, lengua, económica, psíquica, física, política, religiosa, cultural, entre otras.

A esto le envuelven conceptos de:

  • Paz.-

  • Tranquilidad.-

  • Armonía.-

  • Seguridad.-

  • Equidad.-

  • Prosperidad.-

  • Convivencia social.-

  • Diversidad.- Todas las personas tienen diferentes necesidades, anhelos y objetivos, diferencias que tienen que ser valoradas y respetadas.

  • Apoyo Social.- Se refiere a un medio ambiente saludable y seguro para poder desarrollarse plenamente.

La Asamblea de Naciones Unidas proclamo al 20 de febrero al día mundial de la Justicia Social, «Dia de la convivencia pacífica y prospera»

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