Actualmente tiene categoría de ciencia con 2 grandes subclasificaciones; sistemas naturales y sistemas artificiales, ambos se conforman de elementos, partes, piezas o componentes, que se eligen de igual forma; es decir, natural o artificialmente, definiendo cual de estos elementos, partes, piezas o componentes quedan dentro o fuera de la estructura o sistema.
Entonces el SISTEMA forma una entidad o estructura DISTINTA y SUPERIOR a sus elementos, partes, piezas o componentes individuales; una vez que cumple su propósito, cualquier cambio puede alterar su funcionamiento, por ello es que la Constitución de la República del Ecuador del 2008 no ha sufrido ningún cambio, modificación o alteración.
La teoría general de sistemas las distingue en dos clases adicionales, dinámica o estática, para efectos de tratamiento del sistema legal, corresponde a la primera ya que interactúan en comportamientos de conducta y procesos de valoración, que se han adaptado y ordenado ciegamente a través de la auto – organización.
Clases de sistemas.-
– Sistema jurídico o sistema normativo es el RESULTADO de esa unión de elementos jurídicos, que conforman esa unidad o estructura artificial denominada ordenamiento jurídico que tiene la finalidad de controlar, instrumentar y restringir la libertad de los seres humanos.
– EL sistema constitucional tiene sus propios elementos o principios de derecho.
– El sistema procesal, pertenece al sistema medio de administración de justicia, pero también tiene sus propios elementos.