- De acuerdo al catálogo del COIP existen Reglas para la investigación de delitos cometidos mediante los medios de comunicación social.
Art. 517.- Exhibido el original de la cinta o la grabación y realizado el peritaje correspondiente, si se trata de un delito de ejercicio público de la acción, la o el fiscal solicitará día y hora para formular cargos.
Si se trata de una infracción de ejercicio privado de la acción, la persona que se considere afectada podrá presentar su querella y se tramitará conforme con las reglas pertinentes.
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