ESTUDIO JURIDICO

Conducencia y pertinencia de la prueba, Art. 161 COGEP, Ecuador 2025.

  • De acuerdo al COGEP, son 16 artículos los que pertenecen a la prueba.

Art. 161.-  La conducencia de la prueba consiste en la aptitud del contenido intrínseco y particular para demostrar los hechos que se alegan en cada caso.

La prueba deberá referirse directa o indirectamente a los hechos o circunstancias controvertidos.

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