Según la materia del derecho, es aplicable el Art. 30 COGEP, son partes procesales: el demandante y el demandado; que pueden ser personas naturales, personas jurídicas, comunidades, pueblos, nacionalidades o colectivos y también la naturaleza debidamente representada.
- Juez – Tribunal.
- Actor – Demandante / Abogado Patrocinador.
- Demandado – Abogado Defensor Técnico del demandado.
– Las partes procesales en un juicio penal son diferentes; para conocerlas presiona AQUI.
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