NO pases tiempo, no existe forma alguna de buscar o consultar en un portal web si tienes o no, este proceso en tu contra. Las personas conocen o se enteran que una institución pública les ha iniciado juicio COACTIVO, cuando:
a) Son notificadas con el título de cobro, o las ordenes de pago inmediato (OPI).
b) En su contra se dictan MEDIDAS CAUTELARES (personales o reales); también denominadas providencias preventivas.
c) Cuando aplican un crédito y les niegan por existir un juicio coactivo pendiente o sin resolver.
La coactiva es aquella facultad otorgada a ciertas entidades del sector público (Ejemplo: Agua potable, empresa eléctrica, CNT, Banco del Pacifico, Municipios, IFTH Instituto de Fomento al Talento Humano, IESS, Recycob S.A., entre otras), tiene la finalidad cobrar y/o recuperar sus acreencias, a través de la ejecución de un procedimiento interno administrativo ESPECIAL y FORZOSO.
Estas entidades, tendrán su propio JUZGADO DE COACTIVAS, quienes iniciarán el proceso de la siguiente forma:
1.- El ejecutor ordenará el inicio del procedimiento coactivo con la orden de cobro, debiendo notificar y/o citar al coactivado. (Si no lo hizo, violentó el principio del debido proceso y puedes alegar nulidad)
2.- En contra del coactivado se podrá ordenar Medidas Cautelares Personales o Medidas Cautelares Reales, por ejemplo: Prohibición de salida del país, RETENCION DE DINERO DE LAS CUENTAS BANCARIAS, secuestro de bienes, prohibiciones de enajenar, etc.
- La institución financiera te informará que el dinero de tu cuenta se encuentra bloqueado por retención judicial, quizás Usted asocie que tiene un juicio ante una de las Unidades Judiciales del Consejo de la Judicatura y buscaras en la pagina web de consulta, pero como no es allí no la encontrara.
Para que puedas conocer con precisión quien te coactivo, lo correcto es que tu banco te extienda una copia simple del documento que sustenta la orden de retención; sino te facilitan, realiza un escrito formal, recuerda mantener una copia del oficio para tu fe de recepción, suscríbelo y adjunta copia de tu cédula.
Nota: Fijamos casillero judicial con firma electrónica de abogado, los honorarios son de USD $ 10,00 (DIEZ DOLARES AMERICANOS), te enviamos a tu correo electrónico o WhatsApp, imprimes, firmas y la presentas.
3.- El deudor será notificado con la obligación en firme, con ello deberá cancelar o dimitir bienes.
4.- A falta de pago o convenio, se emitirá una providencia de embargo de bienes equivalentes al total de la deuda, en capital, intereses y costas. Muchas instituciones tardan meses o años en concluir con el embargo, por lo que es mejor que tu mismo pidas que te embarguen lo retenido, asi no te afecte en el dinero que tienes en otros bancos, y no te cobran 2, 3 o mas veces.
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- Ninguna entidad privada puede iniciar un Juicio Coactivo, no te dejes sorprender.
Formas de contrarrestar un Juicio Coactivo.
a) Oponerse por violación al debido proceso, presentando un escrito de Casillero Judicial.
b) Presentar una acción de protección.
c) Solicitar nulidad.
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Nota.- Modelo de carta para solicitar un certificado no tener deudas pendientes.