ESTUDIO JURIDICO

Principio de doble imposición, Ecuador 2026.

Este principio esta vinculado con el derecho tributario; es decir, esta enfocado en reducir la carga fiscal excesiva cuando un sujeto pasivo o contribuyente (natural o jurídico) tiene domicilio tributario en el extranjero, por ende el hecho generador corresponde al lugar donde se generaron las ganancias y/o rentas.

Ejemplo: Juan es un empresario colombiano que decidió radicarse en Ecuador aproximadamente 10 años atrás, su fuente de ingresos proviene del reparto de utilidades que las empresas entregan anualmente a sus socios y/o accionistas por el año fiscal; resulta que el dinero obtenido por este concepto, al momento de traerlo a este país se debe cancelar nuevamente impuestos. No obstante se estaria gravando impuestos dos o más veces; para evitar ese cobro es necesario aplicar este principio de doble imposición o los acuerdos bilaterales o multilaterales tributarios.

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