Es muy común que el presunto agresor inobserve la Boleta de Auxilio; recuerda que este documento fue extendido por una autoridad judicial (Juez o Jueza de Garantías Penales); por lo tanto, conlleva una ORDEN, y su incumplimiento causa OTRO delito penal autónomo; es decir, el de , «Incumplimiento de Decisiones Legitimas de Autoridad Competente»; contemplado en el Art 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
- El aprehendido será llevado a la Unidad de Flagrancia para ser sometido a dicha Audiencia de Calificación de Flagrancia, con seguridad al detenido le Formularan Cargos penales en su contra.
Si eres procesado penalmente pero NO fuiste notificado de las medidas de protección en tu contra, solicita la NULIDAD de tu aprehensión y/o detención.
Si inobservaste la restricción, presenta arraigos para que al menos puedas defenderte en libertad.
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