ESTUDIO JURIDICO

Como se calcula las Utilidades para los trabajadores? Art. 97 C.T. Ecuador 2025.

El trabajador o empleado tiene derecho a participar del 15 % de las utilidades liquidas, antes del pago de impuestos, creación de reservas, y se disminuye así: 

  • El 10 % a todos los trabajadores. 

  • El 5 % a los trabajadores que demuestren cargas familiares menores de 18 años o que tengan hijos minusválidos de cualquier edad. 

El reparto lo hará por intermedio de la asociación mayoritaria de trabajadores, de no existir entrega directa, hasta el 31 de marzo de cada año; en caso que el empleado ya no esté laborando en la empresa hará el esfuerzo para entregar de manera personal, sino lo depositara en una cuenta en el sistema Financiero Nacional, durante 1 (uno) año, luego deberá informar el IESS, y depositara el dinero en la cuenta bancaria que maneja recursos del Régimen solidario de Seguridad Social. 

Nota. – Esta participación se encuentra gravada con Impuesto a la Renta,

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