Este articulo indica:
Las oficinas de Registro de Arrendamientos o las Jefaturas de Catastro Municipales, según el caso fijará la pensión máxima de arrendamiento de cada local y entregará a cada arrendador, en el plazo máximo de cuatro meses, un CERTIFICADO en el que conste la identidad de cada predio o local inscrito y la pensión mensual para su arrendamiento.
- NOTA. – No se debería arrendar sin cumplir el Art. 3 de la Ley de inquilinato, además de obtener dicho certificado; sin embargo, en la practica diaria en el Ecuador no se aplica.
- Proceda con la fijación del arriendo que Usted considere pertinente; el propio mercado establecerá si el valor fijado por Usted es alto o bajo.
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