- Es un principio que pertenece al grupo de principios fundamentales del derecho.
El principio del juez natural es una garantía fundamental del debido proceso enmarcado en la jurisdicción y competencia. Exige que cualquier persona sea juzgada únicamente por un Juez, tribunal u órgano judicial que haya sido creado antes que ocurrieran los hechos.
- Predeterminación legal: El juez debe estar instituido por una ley previa. Nadie puede ser juzgado por tribunales «ad-hoc», comisiones especiales o autoridades creadas específicamente después de los hechos.
- Competencia objetiva: Las reglas de qué juez es competente para qué caso deben ser claras, generales y públicas, evitando que los poderes públicos asignen un caso a un tribunal a conveniencia.
- Independencia e imparcialidad: Garantiza que el juzgador sea neutral frente a las partes y que su actuación esté libre de presiones políticas o externas.
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