ESTUDIO JURIDICO

Tratamiento, capacitación, programa o curso, Art. 62 COIP, Ecuador 2025.

Art. 62.- Consiste en la obligación de la persona sentenciada de sujetarse al tratamiento, capacitación, programa o curso que la o el juzgador ordene. El tiempo de duración se determinará sobre la base de exámenes periciales.

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