- En el COIP es una garantías y principios generales.
Art. 3.- La intervención penal está legitimada siempre y cuando sea estrictamente necesaria para la protección de las personas. Constituye el último recurso, cuando no son suficientes los mecanismos extrapenales.
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Nota.- Para conocer mas lo puedes encontar dentro de los principios universales del derecho, o directamente AQUÍ.
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