ESTUDIO JURIDICO

Internamiento en un hospital psiquiátrico, Art. 76 COIP, Ecuador 2025.

Art. 76.- El internamiento en un hospital psiquiátrico se aplica a la persona inimputable por trastorno mental. Su finalidad es lograr la superación de su perturbación y la inclusión social.

Se impone por las o los juzgadores, previo informe psiquiátrico, psicológico y social, que acredite su necesidad y duración.

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