ESTUDIO JURIDICO

Finalidad, Art. 519 COIP, Ecuador 2025.

Art.- 519.-La o el juzgador podrá ordenar una o varias medidas cautelares y de protección previstas en este Código con el fin de:

1.- Proteger los derechos de las víctimas y demás participantes en el proceso penal.

2.- Garantizar la presencia de la persona procesada en el proceso penal, el cumplimiento de la pena y la reparación integral.

3.- Evitar que se destruya u obstaculice la práctica de pruebas que desaparezcan elementos de convicción.

4.- Garantizar la reparación integral a las víctimas.

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