- Dentro del catálogo de delitos, corresponde a los delitos contra el derecho a la propiedad.
Art. 209.– En caso de que lo hurtado no supere el cincuenta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general, la persona será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días.
Para la determinación de la infracción se considerará el valor de la cosa al momento del apoderamiento.
___
Nota.- Revisa la relación de este artículo con el Art. 196, que describe el delito de hurto.
Post Views: 1.099