ESTUDIO JURIDICO

Contra quien se plantea una demanda si los familiares no han aceptado la herencia, Art. 34 COGEP. Ecuador 2025.

Según el Art. 34 del COGEP, el fallecido o causante debe ser representado por su o sus herederos cuando ellos han aceptado la herencia; pero si no han aceptado la herencia, la demanda se dirigirá en contra del curador de la herencia yacente.

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