La JUSTICIA es el tratamiento de iguales, consiste en conceder la razón a quien la tenga o RECONOCER el derecho material a quien lo impulse, acorde al principio dispositivo; se enfoca en la aplicación individual de la ley y esta diseñada para respetar y aplicar profundamente las normas y leyes vigentes que forman parte del ordenamiento jurídico, cuando opera como principio de justicia. La justicia espera mas del hombre que de la ley «Dar a cada uno lo que le corresponde«. «La justicia es el equilibrio de los intereses«
Justicia social.- Se enfoca en el colectivo y busca una convivencia pacífica, justa y próspera; es decir, corregir la desigualdad que es propia de la estructura y los elementos cosustanciales de la sociedad. (Principio de Justicia Social).
Justicia sustancial.- Determina si la norma de fondo prevaleció; por lo tanto, es el instrumento de la justicia material. (Regla o normativa)
Justicia material.- Exige verdad fáctica; es decir, su deber es determinar si la desición fue justa y verdadera en el caso. (Resultado)
Justicia formal.- Se refiere al cumplimiento y corrección del rito; es decir, condición, formas, plazos y solemnidades. (Procedimiento).
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- NO se puede llamar JUSTICIA sino es oportuna y plena, peor aun si dentro de un juicio se consiguio la razón a través de algún acto de corrupción; sea esta cualquier maniobra económica, física o psicológica de conciencia, que altere el sistema de Justicia.