ESTUDIO JURIDICO

Recurso de Casación, Ecuador 2025.

Correctamente denominado Recurso Extraordinario de Casación; se tramita ante la Corte Nacional de Justicia de la República del Ecuador; las más utilizadas en nuestra sociedad son las casaciones civiles y casaciones penales; para interponerla y/o argumentarla se requiere de especialización en la materia del derecho que la apliques y un alto grado de preparación profesional (alta técnica jurídica) que te permita analizar el control de decisiones o sentencias o fallos exclusiva y limitadamente a los de segunda instancia; es decir a los de caracter ordinario; así como, la aplicación de doctrina, jurisprudencia y principios fundamentales. Este recurso no debe tratarse como una suerte de tercera instancia, pues NO es un mecanismo de control de la integridad del proceso, tampoco permite debate jurídico del objeto de la litis, análisis del recaudo probatorio o etapa del proceso judicial; sino únicamente trata vicios de error judicial en el juzgamiento o validez procesal.

Dicho de otra manera, el Recurso Extraordinario de Casación tiene tres finalidades:

  • a) Nomofiláctica; es decir, procurar la aplicación estricta de la ley protegiendo y resguardando la norma;

  • c) La finalidad dique lógica; es decir, la justicia del caso en concreto.

«José Manresa se refiere a la casación como un remedio de interés general y orden público, cuyo objeto es contener a todos los tribunales y jueces en la estricta observancia de la ley, e impedir toda falta de aplicación de esta y su errónea interpretación, a la vez de unificar la jurisprudencia. La casación es un medio de impugnación a través del cual quien recurre busca demostrar al Tribunal de Casación, que el juez de instancia se equivocó en la apreciación de los hechos o en la aplicación del derecho, siendo ésta, una fase procesal de naturaleza diferente y especial en donde lo que se pretende es que se invalide el fallo por violaciones a la Ley; de allí que su naturaleza es extraordinaria, de alta técnica jurídica, formal, excepcional y rigurosa, cuya finalidad es obtener que se anule una resolución judicial de última y definitiva instancia cuando se advierta que se ha lesionado un derecho ya por errores in iudicando ya por errores in procedendo

Para Jaime Guasp la casación es el proceso de impugnación de una resolución judicial, ante el grado supremo de la jerarquía judicial, por razones inmanentes al proceso en el que dicha resolución se dicta. En este contexto es indispensable establecer la misión de este recurso, cual es, “el de velar porque se cumplan los derechos de las partes litigantes cuando éstos han sido desconocidos o violados por un fallo contrario a la ley y para desarrollar esta labor el máximo organismo judicial conoce y decide el recurso extraordinario de casación y a través de él hace una confrontación entre la sentencia impugnada y las normas constitucionales y legales que se consideran infringidas con el fin de enmendar las arbitrariedades cometidas por el juzgador de instancia y lograr así la vigencia del sistema jurídico. Por ser este recurso un medio extraordinario, la ley ha previsto exigencias formales tendientes a obtener del recurrente un planteamiento claro y preciso sobre la legalidad de la sentencia o auto atacado y por ello el máximo Tribunal de Justicia en varios fallos viene considerando a dicho recurso como especial, de alta técnica jurídica y lo que es más, formalista, que como se dijo anteriormente el recurrente debe observar a cabalidad lo dispuesto en su Ley rectora.”

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