Es un beneficio y/o privilegio de blindaje constitucional, diferente del FUERO; para determinadas autoridades estatales y tiene como propósito evitar un arbitrario enjuiciamiento penal, por ello es que el Poder Legislativo (Asamblea Nacional) es la entidad que autoriza el procesamiento del funcionario.
La inmunidad tiene vigencia mientras el funcionario se encuentra en el cargo, consecuentemente cesa o finaliza sin el.
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