Los actos realizados en funciones por servidores de la fuerza pública (Agentes de Policía Nacional), gozan de legalidad, legitimidad y ejecutoriedad, si el policía extrae datos del Sistema Informático Integral de la Policía Nacional del Ecuador (SIIPNE), y verifica que el número de teléfono celular coincide con el de la base de datos que consta de dicha persona, bastará su palabra para validar la notificación.
Sin perjuicio de lo dicho, el acto administrativo de notificación puede ser impugnado y alegado para análisis, por causar INDEFENSIÓN en una de las partes, adicionalmente por atentar con el derecho a la legitima defensa, derecho consagrado en la Constitución de la Republica del Ecuador.
Post Views: 1.405