- En el COIP aplican varios artículos para determinar la infracciòn penal.
Art. 41.- Las personas participan en la infracción como autores o cómplices.
Las circunstancias o condiciones que limitan o agravan la responsabilidad penal de una autora, de un autor o cómplice no influyen en la situación jurídica de los demás partícipes en la infracción penal.
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