ESTUDIO JURIDICO

Obligaciones civiles y naturales, Ecuador 2024.

  • Obligaciones Civiles.- Son aquellas que dan derecho a exigir su cumplimiento.

Obligaciones nulas.- Las que han sido afectadas por vicios de nulidad.

Obligaciones rescindibles.- Aquellas que nacen con nulidad por haber sido contraídas por incapaces (No llegan a producir ni obligaciones naturales) o aquellas que no hubieren cumplido con las solemnidades que requiere para su celebración.

– Obligaciones degeneradas.- Las obligaciones simplemente prescritas.

– Obligaciones desvirtuadas.- Las que no fueron reconocidas en juicio por falta de prueba.

  • Obligaciones Naturales.- Las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero entregadas dan derecho al acreedor para retener lo recibido en virtud de ellas; sin embargo, en determinados casos el deudor para lograr la devolución tiene el derecho de plantear la ACCION DE REMBOLSO.

Esta obligación persiste aun cuando exista fallo judicial que la haya negado.

Esta acción no goza del beneficio de excusión.

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