ESTUDIO JURIDICO

Contrato de Seguros en el Ecuador 2024.

  • En todos los contratos de seguros interviene un estipulante, un promitente y el tercero beneficiario, estos contratos están supervisados por la Superintendencia de Bancos y Seguros, entidad que autoriza la redacción de los contratos de las compañías aseguradoras, verificando que se cumpla los tres componentes: clausulas generales, clausulas particulares y clausulas singulares.

Recuerda que este contrato tiene características PROMITENTES, consecuentemente su cobertura esta sujeta a una aceptación o negación de pago por parte de la aseguradora.

Cuando tengas inconvenientes en esta materia considera nuestra Abogada Especialista en Seguros Estefanía Salazar.

Las modalidades más comunes de seguros, son las siguientes:

a) SEGURO DE SALUD.-

b) SEGURO DE VIDA.- Es el único contrato que no requiere la voluntad del tercero beneficiario; tendrá vigencia luego del fallecimiento del asegurado. Si eres beneficiario nunca exijas en una demanda la RESOLUCIÓN del contrato.

c) SEGURO DE ACCIDENTES DE TRANSITO.- Propiamente es una promesa de cobertura para tu automóvil, en caso de tener un accidente de tránsito.

d) SEGURO CONTRA INCENDIOS.-

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Para tu tranquilidad toda la información brindada será manejada con absoluta reserva y privacidad.

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