ESTUDIO JURIDICO

Quién representa a la naturaleza, Art. 38 Inc. 1 y 2, Ecuador 2024

A partir de la aprobación y promulgación de la Constitución de la República del Ecuador o Carta Política en el año 2008, se considera a la NATURALEZA como sujeto de derechos.

En atención aquello Art. 38, incisos 1 y 2 del COGEP, establece que la naturaleza podrá ser representada por el Defensor del Pueblo o por cualquier persona natural o jurídica que actúen en defensa de sus intereses.

Para revisar los delitos relacionados con la naturaleza ingresa AQUI.

¿Necesitas ayuda o asesoría en este tema?

Para tu tranquilidad toda la información brindada será manejada con absoluta reserva y privacidad.

Compartir esta publicación