Una vivienda, negocio, oficina pública o privada, puede ser irrumpida en su derecho a la privacidad e intimidad, cuando la autoridad administrativa (Fiscal) en el ejercicio de sus funciones, dirige o solicita a un Juez competente la autorización judicial para allanar (trámite de Acto Urgente), con el ánimo de pesquisar o interrumpir un delito, a través de la presentación de un escrito, llamada telefónica, correo electrónico, fax o cualquier otro medio idóneo de comunicación.
Cabe indicar que un Juez o Jueza en determinados casos, también puede ordenar el allanamiento de un sitio, cuando se trate de un Juicio de Recuperación Eficaz de un niño, niña o adolescente.
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