ESTUDIO JURIDICO

Organización o financiamiento para la producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, Ecuador 2024 Art. 221 COIP

Art. 221.– La persona que directa o indirectamente financie u organice, actividades o grupos de personas dedicadas a la producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, será sancionada con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.

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