ESTUDIO JURIDICO

Mecanismos de reparación integral, Ecuador 2024 Art 78 COIP

Art. 78.- Las formas no excluyentes de reparación integral, individual o colectiva, son:

1.- La restitución.- Se aplica a casos relacionados con el restablecimiento de la libertad, de la vida
familiar, de la ciudadanía o de la nacionalidad, el retorno al país de residencia anterior, la
recuperación del empleo o de la propiedad así como al restablecimiento de los derechos políticos.

2.- La rehabilitación.- Se orienta a la recuperación de las personas mediante la atención médica y
psicológica así como a garantizar la prestación de servicios jurídicos y sociales necesarios para esos
fines.

Concordancias, COIP Art. 672

3.- Las indemnizaciones de daños materiales e inmateriales: Se refieren a la compensación por todo
perjuicio que resulte como consecuencia de una infracción penal y que sea evaluable económicamente.

4.- Las medidas de satisfacción o simbólicas.- Se refieren a la declaración de la decisión judicial de reparar la dignidad, la reputación, la disculpa y el reconocimiento público de los hechos y de las responsabilidades, las conmemoraciones y los homenajes a las víctimas, la enseñanza y la difusión de
la verdad histórica.

5.- Las garantías de no repetición.- Se orientan a la prevención de infracciones penales y a la creación
de condiciones suficientes para evitar la repetición de las mismas. Se identifican con la adopción de
las medidas necesarias para evitar que las víctimas sean afectadas con la comisión de nuevos delitos
del mismo género.

Concordancias: Constitución del Ecuador Art. 57 Numeral 3; Arr. 78 ; COIP Art. 11 Numeral 2; Art. 63 Numeral 1.

NOTA.- Revisa los Mecanismos de reparación integral en casos de violencia de género contra las mujeres

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