ESTUDIO JURIDICO

Asociación Ilícita (Art. 370) Ecuador 2024, COIP.

Cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

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