Según el reformado Art. 56 de la Ley Orgánica de Movilidad humana, el extranjero que ha ingresado a la República de Ecuador por los filtros migratorios legalmente acreditados, sea por vía aérea o terrestre, en calidad de TURISTA durante el periodo de 1 año, puede permanecer en este territorio hasta 6 meses; siempre y cuando sea SURAMERICANO, caso contrario su permanencia será de 90 días, de necesitar tiempo adicional puede solicitar por una sola vez una prórroga hasta por un máximo de 90 días adicionales. En caso que el extranjero supere su estadía legal vigente, debe cancelar la suma de:
- A partir de enero del 2023, la multa será por la cantidad de USD $ 200,00 (DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA); siempre y cuando sea la primera vez que el extranjero incurra en la infracción migratoria.
Esta multa debe ser cancelada directamente en la cuenta del Banco del Pacifico, recuerda pedir la sub línea.
Para conocer el valor exacto debes acercarte PERSONALMENTE o con carta poder con tu pasaporte oficial ante cualquier UNIDAD DE SERVICIO DE APOYO MIGRATORIO mas cercana a tu posición, ellos determinaran el valor a cancelar, según la fecha de ingreso y el tiempo en exceso que te encuentres irregular.
Hemos obtenido estos contactos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, teléfono 022 276-392 y/o correo electrónico: servicios.migratorios@ministeriodelinterior.gob.ec lastimosamente nunca atienden.