ESTUDIO JURIDICO

Procedimiento, Art. 127 COGEP, Ecuador 2024.  

  • De acuerdo al COGEP, son 10 artículos los que pertenecen a las providencias preventivas, presiona AQUI.

Art. 127.- Presentada la solicitud de providencias preventivas, conforme con los requisitos de la demanda, la o el juzgador en el término de cuarenta y ocho horas convocará audiencia en la que resolverá dicha solicitud.

¿Necesitas ayuda o asesoría en este tema?

Para tu tranquilidad toda la información brindada será manejada con absoluta reserva y privacidad.

Compartir esta publicación