- Costumbre.- Es una fuente formal del derecho, en el Código Civil ecuatoriano no existe definición, pero en el Código de Comercio algo dice y se puede colegir lo siguiente:
«Son hechos o actos uniformes, constantes y públicos, que tienen espacio de tiempo en los que se repite o reitera en determinada localidad o República, cuando adopta determinado comportamiento crean derecho.
Los juzgados que la invoquen la tratarán con prudencia, usualmente se presenta en materia contractual, sea por uso o desuso según la utilicen.
Nota: La costumbre en materia penal no tiene ningún valor, incluso en la denominada «costumbre jurisprudencial» que aplica en los fallos de triple reiteración por uniformidad de criterio.
- Doctrina.-
- Jurisprudencia.-
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