ESTUDIO JURIDICO

Pelea, golpes con otra persona, Ecuador 2024. ¿tengo heridas qué puedo hacer? ART. 152 LESIONES COIP

RIÑA CON UN DESCONOCIDO, VECINO, CONDOMINO, AMIGO, FAMILIAR ME DIO GOLPES, PUÑETES,

Según el Art 415.4 COIP, la persona afectada en una incapacidad o enfermedad de 0 (cero) hasta 30 (treinta) días, puede presentar en contra del agresor una Acción Penal Privada a través de la acusación particular con el contenido del Art 434 COIP, ante Juez de Garantías Penales, para que se ventile en trámite expedito.

  • La sanción oscila entre 30 (treinta) a 60 (sesenta) días, si la incapacidad es de 4 a 8 días. 
  • La sanción oscila entre 2 (dos) meses a 1 (uno) años, si la incapacidad es de 9 a 30 días.   

Nota.- Antes de presentar la denuncia debes acercarte a fiscalía para que la o el Fiscal de Turno te de una orden de Examen Legista, dirigido al Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, si el medico designado considera que necesitas algún examen adicional emitirá una orden de pedido y no podrá cerrar el Acta de Examen Médico Legal mientras no tenga el resultado.

Si supera los 30 (treinta) días, el trámite será por Acción Pública y se gestionará con la presentación de una denuncia penal ante la Fiscalía, sorteándose a la fiscalía especializada de Delitos Contra la Vida, cuya ventilación será por vía ordinaria.    

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